Las viviendas Habitacionales NO ABONAN mas impuesto de sellos
Diciembre 12 de 2022
A partir del 2023, de acuerdo a la LEY IMPOSITIVA ANUAL, aprobada en la Legislatura, los contratos de locación de bienes inmuebles urbanos destinados exclusivamente a casa habitación del locatario y su familia, quedan EXENTOS del Pago.
La legislatura de la Provincia, aprobó el paquete de leyes económicas para el año entrante, entre ellas, la Ley de Presupuesto General de la Administración Pública Provincial, las Modificaciones al Código Tributario y la Ley Impositiva. De esta manera, quedaron sancionadas el conjunto de normas elevadas por el Ejecutivo provincial para el ejercicio 2023.
La trigésima séptima sesión, presidida por la legisladora Nadia Fernández, arrojó como saldo la aprobación del paquete de leyes económicas para el ejercicio 2023. Entre ellas, se cuentan la Ley de Presupuesto General de la Administración Pública Provincial para el año venidero y la Ley Impositiva para el mismo período, así como modificaciones previstas en el Código Tributario y en diversos artículos y sus modificatorias de las leyes 9024, 9087, 9187, 9431, 10679 y 10724, y derogando la Ley Nº 4422.
Por tal motivo, para el 2023, se encuentran EXENTOS DEL PAGO del impuesto los contratos de locación de bienes inmuebles urbanos destinados exclusivamente a casa habitación del locatario y su familia.
Para CUALQUIER OTRO TIPO DE USO, se debe verificar que el impuesto esté por debajo de los $23.400 para quedar EXENTOS, es decir, que el contrato no supere los $2.340.000.